Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE

La Corte europea dictamina que los clientes no pueden renunciar a sus derechos como consumidores europeos.

El TJUE responde a una cuestión prejudicial elevada por un Juzgado de Primera Instancia de Teruel.

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado los acuerdos sobre cláusulas suelo en los que el consumidor renuncia a acciones judiciales basadas en los derechos que le reconoce la Directiva 93/13, pero matiza que puede comprometerse a no reclamar sin que la cláusula se considere abusiva si ha entendido con claridad sus consecuencias.

Seguir leyendo en RTVE